El Consejo Superior de la Judicatura extendió hasta el próximo 24 de mayo la suspensión de términos de los procesos judiciales en todo el país, en consonancia con la ampliación del aislamiento social obligatorio que decretó el gobierno por la pandemia de COVID-19. En esta oportunidad, no obstante, aumentaron las excepciones para poder realizar algunos procedimientos que se suman a las que ya han venido funcionando de manera virtual: audiencias con preso, control de garantías, habeas corpus, entre otras.

En esta ocasión, la Judicatura explicó que se habilitó desde el próximo 11 de marzo la realización de diligencias judiciales que tengan que ver con conciliaciones extrajudiciales que estuvieran pendientes de decisión en juzgados y tribunales administrativos al 16 de marzo de 2020 y las audiencias de autorización previa de búsqueda selectiva en bases de datos, la declaratoria de persona ausente, la declaratoria de contumacia, las peticiones de suspensión del poder dispositivo y los procesos de extinción de dominio que se encuentren para dictar sentencia.

Igualmente, se podrán realizar diligencias para el reconocimiento de pensión de vejez y los procesos escriturales que se encuentren en trámite; y para el reconocimiento de intereses moratorios y, el reconocimiento y reliquidación de indemnización sustitutiva, ante jueces de pequeñas causas laborales.

“Mientras duren las medidas adoptadas por el Consejo Superior de la Judicatura con ocasión de la emergencia causada por la COVID-19, se mantiene la prevalencia del trabajo en casa mediante el uso de las herramientas tecnológicas y la restricción de acceso a las sedes judiciales. Sin embargo, cuando para cumplir con las funciones o la prestación del servicio sea indispensable acudir a las sedes judiciales, las direcciones seccionales de administración judicial del país deberán asegurar que estén dadas todas las condiciones y elementos necesarios para que el acceso a las sedes sea seguro”, señaló la Judicatura.

Fuente: ElEspectador.com

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