Apenas un día después de que el presidente de la República, Iván Duque, promulgara la ley que aprueba la cadena perpetua para violadores de menores en el país, comenzaron a llegar las demandas de inconstitucionalidad a la Corte Constitucional.

Los congresistas Roy Barreras, Iván Cepeda y Ángela María Robledo, junto con abogados de la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), presentaron una acción pública de inconstitucionalidad contra el acto legislativo 1 de 2020, que modifica el artículo 34 de la Constitución Política para que la prisión perpetua sea posible.

Según los demandantes, la norma aprobada y sancionada contravierte los principios constitucionales desde el preámbulo mismo de la Carta Política. También, dicen, va en contra de los artículos 1, 2, 12, 28, 93, 114, 188 y 375 de la Constitución.

Además, también iría en contra del reglamento interno del Congreso, por lo que la demanda no solo dice que la norma se debe caer por asuntos de fondo, sino también por vicios de forma.

En los asuntos de fondo, plantean que la reforma no ataca el problema estructural, es decir, la impunidad de los crímenes contra niños, niñas y adolescentes, que según cifras de la Fiscalía y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ronda entre el 95 y el 98 por ciento.

Le estamos proponiendo a la Corte Constitucional y a la sociedad un debate integral sobre la respuesta del Estado a las violencias contra los niños, niñas y adolescentes, y sobre la necesidad de buscar medidas realmente efectivas para prevenirlas y luchar contra la impunidad”, informó la CCJ.

Los autores de la demanda argumentan que la norma no responde a la protección de los menores y deja sin respuestas varias preguntas: “¿Cuáles son las medidas para promover y facilitar la denuncia? ¿Cómo debe ser la atención y reparación para las víctimas, a cargo del Estado? ¿Cómo reducir la impunidad? ¿Cuáles son las acciones concretas que deben emprenderse para prevenir los crímenes?”

Dicen también que el aumento de penas genera “una falsa sensación de justicia” que, en vez de combatir la impunidad, permite su continuidad. Esto porque no da respuesta profundas ni integrales, ni a las necesidades de las víctimas ni a las de la sociedad.

En cuanto a los vicios de forma, le dicen a la Corte que el Congreso incumplió el procedimiento de expedición de la norma, porque no se tramitaron las recusaciones en séptimo y octavo debate. Además, aseguran que un tema que se considera de tal importancia no debía tramitarse sin garantías democráticas.

Fuente: Eltiempo.com

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