La providencia de la Corte Suprema de Justicia en torno a la medida de aseguramiento en contra del expresidente Álvaro Uribe por soborno en actuación penal y fraude procesal, trae otras decisiones accesorias que han causado polémica.

Una de ellas es la imposición a Uribe del pago de una caución de 100 salarios mínimos legales (cerca de 98 millones de pesos) como garantía del cumplimiento de la medida de aseguramiento que se le impuso, que debe ser pagada en 3 días.

Fuentes cercanas a Uebe manifestaron que se trata de una medida exótica que en casos como el del gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria, o del exguerrillero ‘Jesús Santrich’ no se impusieron.

La caución impuesta por la Sala de Instrucción de la Corte, de manera unánime, está  en las últimas 22 páginas de las 1.554 páginas de la providencia, las cuales  se dedicaron para justificar la medida de aseguramiento.

Allí también aparecen las compulsas de copias por presuntos falsos testimonios en contra de la mayoría de testigo que arrimo la defensa del expresidente, excepto su abogado Jaime Lomabana,  su asesor Hernán Cadavid y su exasesor Fabián Rojas.

Una de las compulsas es en contra de un juez de la República cuya aparición en el proceso fue revelada por EL TIEMPO: Carlos Cruz Moreno, a quien le dice Cachelito.

Aunque hoy es exjuez, al momento del audio en el que habla con Cadena del caso uribe era togado en ejercicio, por eso su caso se envió al Consejo Superior de la Judicatura.

En efecto, en la misma decisión en la que la Corte decidió seguir la investigación contra el expresidente,  como presunto determinador de soborno a testigos, y ordenó su detención, la Sala de Instrucción compulsó copias para que la Fiscalía General investigue a Cachelito y al abogado Diego Cadena, a quien este jueves se le definirá su situación jurídica.

Para las fuentes consultadas, las compulsas a testigos pueden afectar la recolección de otras pruebas: “Falta por escuchar a varios testigos y estas compulsas pueden afectar incluso su comparedencia porque a todos los investigan”.

Y agregan que, en su criterio, este no es el momento procesal para dichas compulsas que, por lo general, se realizan en fallos y no en medidas cautelares, como la que se le impuso a Uribe.

La defesna de Uribe ya tiene en sus manos la providencia de la Sala de Intrucción y, como era de esperarse, será apelada dentro de los términos de ley.

EL TIEMPO los contactó para conocer su punto de vista sobre la caución y las compulsas pero manifestaron que hasta ahora están evaluando la decisión y no accediaron a dar declaraciones.

Fuente: eltiempo.com

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