La ley de malos tratos animales es el nombre oficial de la norma que protege a los animales y que para el momento de su sanción (1954) marcó un precedente en America Latina. El artículo 2 de esta ley establece distintas situaciones en las que un humano incurre en el delito de maltrato o abuso hacia un animal, por ejemplo, cuando a este no se lo alimenta adecuadamente o en aquellas ocasiones en las que se los estimula con drogas sin fines terapéuticos.
Esta ley no prohíbe el uso de animales para trabajar, pero si especifica algunas cosas al respecto. En el mismo artículo 2 nombra como un delito el hacer trabajar durante muchas horas y sin descanso a un animal, o cuando este no está en condiciones y es obligado a hacerlo. De la misma forma es considerado un delito golpearle con instrumentos que causen dolor, como un látigo, y obligarle a tirar de carros que sobrepasen sus fuerzas.
El artículo 3 de esta misma ley habla específicamente de aquellos actos que son considerados como crueles, nombra mutilaciones, operaciones sin anestesia, torturas o sufrimientos innecesarios, lastimarlos o arrollarlos intencionalmente y matarlos por perversidad.
Hasta ahora la norma establece que “será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”. Además, es importante recordar que en Argentina están prohibidos actos que involucren el uso de animales por diversión, como las corridas de toros, carreras de perros clandestinas y las riñas de gallos.
Cómo denunciar el maltrato animal
Si se está frente a alguna de estas situaciones es importante poder denunciarla a tiempo, ante las autoridades competentes. Para eso, está disponible el 911, o se puede denunciar ante la comisaría más cercana al lugar del hecho, la fiscalía o UFI (Unidad Funcional de Instrucción) o en su defecto, al Juzgado de instrucción. Si te encontrás en CABA podés hacer la denuncia ante el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad.
También existe el Departamento de Sanidad y Protección Animal de la Ciudad de Buenos Aires al cual se puede acudir para más información o ayuda. La Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. El cual fue creado con el objetivo de resguardar los derechos y tenencia responsable de los animales de la Ciudad a través del control de la natalidad, es decir la esterilización quirúrgica masiva, gratuita, sistemática y extendida. Y también brega por el cuidado sanitario de los animales, garantizando la medicina veterinaria básica y gratuita.
El Departamento de Sanidad y Protección Animal de la Ciudad de Buenos Aires estima que un animal sanitariamente apto – esterilizado, vacunado y desparasitado – promueve la adopción espontánea. Y entre el 30% y el 40% de esos animales serán provistos de un hogar por los vecinos. A su vez, dentro del departamento se fomenta la tenencia responsable de los animales, en pocas palabras, alimentarlos adecuadamente, darle una vivienda digna, contención, atención de su salud, control de su reproducción y buen trato durante toda su vida.
Fuente: clarin.com