El Ministerio de Salud acaba de anunciar la actualización de la estrategia para la detección temprana de covid-19, que incluirá la realización de pruebas rápidas en el grueso de la población desde el primero de abril.

En concreto, el Ministerio, según las recomendaciones de la Asociación Colombiana de Infectología (Acin) y el Instituto de Evaluación de Tecnologías (IETS), comenzará realizar tamizajes en la población con pruebas rápidas moleculares que permiten detectar componentes (antígenos virales) del nuevo coronavirus y así poder hacer análisis profundos a los casos sospechosos.

“A partir del primero de abril Colombia contará con por lo menos 350.000 pruebas semanales gracias a la gestión adelantada por el Ministerio de Salud”, aseguró el ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez.

Colombia contará con por lo menos 350.000 pruebas semanales gracias a la gestión adelantada por el Ministerio de Salud

Gómez hizo énfasis en que estas no son pruebas diagnósticas sino de detección. Es decir, “permiten la optimización de recursos ayudando a los profesionales de salud en la toma de decisiones en cuanto aislamiento, realización de prueba diagnóstica confirmatoria y tratamiento”.

Con esto, explica el Ministerio, se logrará indicar una posible infección reciente o en curso, pues son mucho más efectivas para descartar casos negativos.

El ministro explicó además que se hará un proceso de ‘fast track’ con el Invima para que en dos días se pueda tener la aprobación de dichas pruebas rápidas.

En una circular (019 de 2020) enviada a la Adres, las EPS, IPS y profesionales de la salud, el Ministerio estableció que en caso de que la prueba rápida de detección de anticuerpos resulte positiva, se debe realizar otra confirmatoria con RT-PCR.

Si esta también arroja un resultado positivo, se debe dar manejo de acuerdo con los lineamientos, protocolos y guías establecidas.

En caso de que la prueba rápida sea negativa, aunque no requiera prueba confirmatoria, debe la persona entrar en aislamiento obligatorio por mínimo 15 días bajo vigilancia médica. Si la exposición es confirmada y hay síntomas se debe realizar de entrada la prueba diagnóstica con RT-PCR. Todo bajo protocolos establecidos por Minsalud.

Otro punto clave en esta circular es que aunque inicialmente se señaló que la presencia de fiebre era una condición necesaria para sospechar la infección por el nuevo coronavirus, la evidencia más reciente “ha mostrado que hasta en el 10 por ciento de los casos la infección puede cursar sin fiebre”.

Por lo cual, se recomienda sospechar con la presencia de dos o más síntomas respiratorios con o sin fiebre, esto teniendo como necesidad la presencia de un nexo epidemiológico o contacto estrecho, tal como lo establece el Instituto Nacional de Salud (INS).

Para la detección temprana resalta que, por el momento, “no se recomienda realizar diagnósticos por medio de pruebas serológicas, dado que aún están en investigación y su uso está recomendado principalmente para tener idea sobre la tasa de ataque de la epidemia de manera retrospectiva”.

El documento destaca que los casos positivos de covid-19 deben ser siempre sometidos a la prueba estándar de oro para la confirmación diagnóstica (prueba por RT-PCR).

Finalmente, el Ministerio aclaró que tanto las pruebas de detección de anticuerpos como las RT-PCR están cubiertas por el sistema de salud.

Fuente: ElTiempo.com

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