Fuente: Semana.com
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Justicia, prorrogó el Decreto 595 que suspende los trámites de extradición hasta que concluya la emergencia por la covid-19 en Colombia.
En la prórroga se deja claro que se incluirán los términos ya existentes respecto a notificaciones, recursos o solicitudes de revocatoria directa contra resoluciones a favor o en contra de la extradición.
El Ministerio de Justicia especifica en el documento que la prórroga no significa la pérdida de facultades para cancelar órdenes de captura de extraditables o expedir libertades.
En el decreto se lee: “En el caso de las solicitudes de extradición pasivas, algunas misiones diplomáticas acreditadas en Colombia han informado las dificultades existentes para que los funcionarios de sus países puedan desplazarse a territorio colombiano, para proceder a la entrega y traslado de la persona cuya extradición fue aprobada por el Gobierno nacional”.
No obstante, en los casos en que el país que requiere la extradición otorgue las condiciones para el traslado, con medidas de bioseguridad efectivas, se podrá realizar el procedimiento y este no quedará cobijado por la prórroga de suspensión de términos.
Este decreto no tiene nada que ver con la orden de excarcelación de reos por cuenta de la pandemia, aclaró Minjusticia. Los cobijados con este beneficio son presos cuyas condenas no superen los cinco años y ya ha hayan cumplido la tercera parte de la condena.